MultiCS & IPTV Foro

Este es un ejemplo de mensaje de invitado. ¡Registre una cuenta gratuita hoy para convertirse en miembro! Una vez que haya iniciado sesión, podrá participar en este sitio agregando sus propios temas y publicaciones, así como conectarse con otros miembros a través de su propia bandeja de entrada privada.

Los agraciados en el Sorteo de Navidad cobrarán el premio con el impuesto del 20%....

El Foro MultiCS & IPTV os desea......Felices Fiestas y Próspero Año 2025

eduioses

Experto MultiCS
Usuario
Usuario Premium
Registrado
15 Feb 2015
Mensajes
393
Reacciones
1
Ubicación
vagando por la red
Los agraciados en el Sorteo de Navidad cobrarán el premio con el impuesto del 20% previamente descontado

Debes estar registrado para ver las imágenes
– Hace 17 horas


MADRID, 9 (EUROPA PRESS)

Los agraciados en el Sorteo Extraordinario de la Lotería de Navidad que se celebrará el próximo 22 de diciembre cobrarán el importe del premio con el gravamen del 20% a los premios superiores a 2.500 euros previamente descontado, según advierte Legálitas.

En este sentido, la compañía de servicios de asistencia jurídica recuerda que los premios de Loterías y Apuestas del Estado tributan desde el 1 de enero de 2013. "La mecánica de tributación es sencilla, ya que es el mismo organismo de Loterías quién queda encargado del ingreso a Hacienda de tal suerte que cuando el afortunado reciba el premio, vendrá ya descontado el consabido 20% sobre la cuantía del premio que exceda de los primeros 2.500 euros", ha concretado.

Asimismo, ha apuntado la importancia de recordar que no será necesario volver a incluirlo en la declaración de la renta, ni el premio ni la retención. No obstante, si deberán declararse los rendimientos que dé la cuantía económica o las inversiones realizadas con él.

Si el premio es compartido, Legálitas precisa que el importe exento se calculará en función del número de personas que lo compartan, aplicándose el límite exento (2.500 euros) por cada uno de ellos. Además, en caso de que una persona sea doblemente premiada, este gravamen se exigirá de forma independiente respecto de cada décimo, fracción o cupón de lotería o apuesta premiadas.

En relación con la posibilidad de que una sociedad resulte premiada, la compañía ha destacado que si resultara afortunada (cualquiera que sea su naturaleza, asociación, fundación, cooperativa), la tributación varía "notablemente" porque no puede aplicarse el límite exento, la cantidad resultante quedará integrada directamente en su base imponible del Impuesto de Sociedades descontándose de la cantidad que les resulte a pagar la retención que les han practicado.

Por otra parte, hay que tener en cuenta que si el décimo ha sido agraciado con un premio inferior a los 2.500 euros, Loterías y Apuestas del Estado permite cobrarlo a partir del día siguiente al sorteo, en los diferentes puntos de venta autorizados. Si se trata de premios iguales o superiores a esa cantidad, se debe acudir a las entidades financieras habilitadas.

Si se es propietario de una participación de un número premiado en el sorteo de Navidad, Legálitas precisa que no se puede cobrar ni en la administración de Lotería ni en la entidad financiera colaboradora. En este caso, hay que acudir al emisor de la participación para pedirle la cantidad que haya tocado.

Finalmente, la compañía insiste en que no hay que olvidar que un décimo agraciado tiene una fecha de caducidad de 3 meses a contar desde el día siguiente a la celebración del sorteo. "Es irrefutable que pasado dicho plazo ya no podremos cobrarlo, por mucho que acreditemos ser portadores de un décimo premiado", ha remachado.

Debes estar registrado para ver las imágenes


Un saludo

Debes estar registrado para ver las imágenes
eduioses
Debes estar registrado para ver las imágenes
 

mezem

Usuario Vip
Vip
Usuario Premium
Registrado
20 Mar 2015
Mensajes
675
Reacciones
381
Ubicación
Por ahí ando
Pais
Spain.GIF
Debe iniciar sesión o registrarse para ver esta respuesta.
 

rvg

Experto MultiCS
Usuario
Usuario Premium
Registrado
15 Feb 2015
Mensajes
639
Reacciones
51
Debe iniciar sesión o registrarse para ver esta respuesta.
 

rvg

Experto MultiCS
Usuario
Usuario Premium
Registrado
15 Feb 2015
Mensajes
639
Reacciones
51
Debe iniciar sesión o registrarse para ver esta respuesta.
 

jaasppano

Experto MultiCS
Usuario
Usuario Premium
Registrado
9 Feb 2015
Mensajes
483
Reacciones
57
Ubicación
Por aquí andamos
Debe iniciar sesión o registrarse para ver esta respuesta.
 
Arriba Pie
AdBlock Detectado

Lo entendemos, los anuncios son molestos!

Pero debe usted entender que la pagina web funciona bien gracias a la publicidad no dude en hacer click en los anuncios ayuda en todo el mantenimiento de la pagina web. Para obtener la mejor experiencia en el sitio, desactive su AdBlocker.

He desactivado AdBlock    No Gracias